miércoles, 2 de febrero de 2011

LA AFIP AVANZA SOBRE PADRES QUE MANDAN SUS HIJOS A COLEGIOS PRIVADOS

A fin de mes, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanzará una vez más sobre los padres que mandan sus hijos a colegios privados cuya cuota mensual supere los 2.000 pesos.

De acuerdo con la Resolución General (AFIP) 2832, que se encuentra en plena vigencia, los establecimientos educativos tendrán tiempo hasta el 28 de febrero próximo para informar -entre otros datos- la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y el domicilio de los padres de sus alumnos.
También se debe presentar un minucioso detalle de las cuotas facturadas durante el segundo semestre del año pasado.

Puntualmente, el organismo de recaudación a cargo de Ricardo Echegaray, solicita los siguientes datos correspondientes al sujeto obligado al pago de las cuotas:

  • Carácter (padre, madre, tutor o responsable del pago).
  • Apellido y nombres.
  • Domicilio declarado.
  • CUIT o en su defecto, Código Único de Identificación Laboral (CUIL) o Clave de Identificación (CDI) o tipo y número de documento de identidad.
Cuando se trate de extranjeros que no cuenten con los datos referidos, deberá informarse el número de pasaporte", establece la reglamentación vigente.
 La Resolución General (AFIP) 2.832 establece un régimen de información respecto de las cuotas que se determinen y, en su caso, se abonen durante cada año calendario, que deberá ser cumplido por los establecimientos de educación pública de gestión privada incorporados al sistema educativo nacional en los siguientes niveles:
  • Educación inicial.
  • Educación primaria.
  • Educación secundaria.
"La obligación de informar alcanza a la totalidad de los importes facturados o devengados en concepto de cuotas mensuales, iguales o superiores $2.000 por alumno", agrega la norma.

Los colegios deberán suministrar la información -vía transferencia electrónica de datos- hasta las fechas que, se indican a continuación:

  • Primer semestre calendario: hasta el último día hábil, inclusive, del julio de cada año.
  • Segundo semestre calendario: hasta el último día hábil, inclusive de febrero del año siguiente.
 Conjuntamente, los colegios deberán detallar:
  • Nombre del establecimiento.
  • Domicilio del establecimiento.
  • Datos del representante legal.
 En relación a las cuotas facturadas tendrán que declarar:
  • Tipo y número de comprobante emitido.
  • Fecha de emisión.
  • Importe total facturado en pesos.
  • Importe total adeudado, en pesos al 31 de diciembre de cada año, por cada padre o responsable del pago
El titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, precisó oportunamente que las mediciones iniciales del régimen informativo implementado en los colegios privados top indican que casi el 40% de los padres que pagan cuotas mensuales superiores a $2.000 presentarían irregularidades ante el fisco nacional.
"Sobre un universo de 18.070 sujetos informados en esta primera instancia, 3.412 no están inscriptos y 3.983 son monotributistas", afirmó Echegaray.
"Sobre 18 mil casos declarados por los colegios, casi 4.000 mil figuran como monotributistas, mientras que más de 3.400 no existen fiscalmente", precisó el funcionario.

Fuente: iprofesional.com