La Administración Federal de Ingresos Públicos informa que a partir del 1 de mayo de 2011, conforme lo dispone la R.G. 3067 (AFIP), determinados monotributistas encuadrados en las categorías H, I, J, K o L se encuentran obligados a emitir comprobantes electrónicos originales, respecto de las operaciones de compraventa, de las locaciones y de las prestaciones de servicios.
No hay comentarios:
Publicar un comentario